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Citlalli Rovirosa Madrazo
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22/09/08

El Aborto y las Razones de Estado
II

La relevancia de Ingreso Ciudadano Universal

Citlali Rovirosa-Madrazo

Recientemente la SCJN dio a conocer el veredicto que declaró constitucionales a las reformas en el Distrito Federal que despenalizan el aborto antes de las 12 semanas de gestación. El argumento jurídico decisivo estuvo centrado en tres cuestiones esenciales de soberanía y jurisdicción; a saber, la soberanía del legislativo y la división de poderes, la soberanía de la ALDF, y, la soberanía del estado laico. Estrictamente hablando, el criterio jurídico predominante fue el correcto: corresponde a la ALDF generar y aprobar sus propias leyes. Así son las reglas del juego en el discurso del Estado.

Es importante, no obstante, poner en perspectiva otras consideraciones.

A grandes rasgos el debate sobre la ley de la despenalización del aborto ha sido abordado con base en tres ejes conceptuales: i. consideraciones de salud pública, ii. consideraciones éticas, religiosas y científicas (a favor y en contra del aborto respectivamente), y, iii consideraciones jurídicas, (estas últimas, como he dicho, fueron decisivas en el reciente dictamen de la SCJN).

Sin embargo, la obligación del Estado para garantizar los derechos económicos y sociales de las mujeres y sus hijos no fueron determinantes a lo largo del debate en los últimos meses.  Esta gran omisión obliga a contemplar seriamente los potenciales de la propuesta del Ingreso Universal Ciudadano IUC. Este podría dar una nueva dimensión al tema que nos ocupa y tendrá que ser contemplado por los Congreso de los Estados que inevitablemente enfrentarán el tema en sus agendas legislativas. Debatir el tema del aborto en un marco de derechos económicos y sociales, será un desafío para quienes apelan a las razones de estado para su apología.

Como explicaba en la primera parte de esta serie, la transferencia monetaria a todo ciudadano propuesta por los promotores del IUC garantizaría a todas las personas un ingreso para asegurar su subsistencia, independientemente de su situación o estatus socio-económico a lo largo de su vida. La garantía de esta subsistencia material daría, en opinión de varios autores especialistas en el tema, autonomía y libertad a los ciudadanos. Dicha autonomía en opinión de esta columnista, añadiría una dimensión estratégica al concepto mismo del derecho a decidir, como veré posteriormente.

Breves antecedentes del Ingreso Universal Ciudadano IUC

Hace unos años se realizó en Barcelona, España  la primera sesión del llamado Forum Universal de las Culturas (la segunda edición del forum fue realizada en Monterrey, México, en Septiembre de 2007) y en ambos foros se discutió el ingreso universal ciudadano. Tuve la oportunidad de asistir a dichos eventos y participar en Monterrey con dos ponencias académicas en materia de derechos humanos y género. En base a mi investigación, puedo opinar que, el tema del IUC o renta básica podría añadir una dimensión extraordinaria al debate del aborto porque, como ya he señalado, garantizaría el derecho a la subsistencia digna de todas las personas.

Haciendo un breve recorrido histórico es importante recordar que en 2004 el Forum Universal de las Culturas Barcelona vio nacer lo que podemos llamar una nueva ola o nueva corriente en el discurso occidental de los derechos humanos dando lugar al concepto de Derechos Humanos Emergentes (DHE). Este concepto se discutió ampliamente hace justamente un año, en el Forum Monterrey 2007. Se trata de la “modernización” de la doctrina de derechos humanos en torno a las nuevas necesidades y las nuevas realidades del Siglo XXI, dando lugar a una nueva generación de derechos humanos que busca dar respuesta a los nuevos desafíos de nuestra era.

Las implicaciones de este nuevo paradigma de derechos humanos que no puedo discutir aquí en su generalidad, son enormes y, como he indicado ya, tienen gran relevancia para el debate del aborto. Una de las propuestas de este concepto es, como  he dicho ya, el IUC, y aunque éste último tiene una historia mucho más antigua que los DHE, podría tener repercusiones importantísimas en la discusión de los derechos reproductivos.

Originado de una tradición republicana originada en Europa que vio crecer (y hoy es testigo de su decadencia) a un robusto Estado benefactor,  el IUC es una idea simple pero con enormes potenciales y sumamente relevante en el tema que nos ocupa. Algunos analistas remontan los orígenes la propuesta del IUC a la obra de autores del pensamiento clásico occidental, incluyendo el pensador británico  del Siglo XVIII, Thomas Paine. En tiempos más recientes, la procedencia del concepto se le ha atribuido al socialismo utópico francés de pensadores como Charles Fourier y al danés Johannes Hohlenberg quién en los años 30s promovió activamente la idea de proveer a todo ciudadano un ingreso mínimo incondicional. Mientras que en la actualidad, autores como Van Parijs y Robert Van Der Veen que publicaron su obra a finales de los años 80s son considerados por muchos el punto de arranque del debate contemporáneo sobre IUC. En los últimos años, España (Cataluña) e Inglaterra cuentan con los movimientos más dinámicos para su promoción y la investigación académica más avanzada.

Breves antecedentes del  IUC en México y América Latina

En México, el IUC fue introducido públicamente como tema central de la plataforma en las elecciones del 2006, de la candidata a la presidencia del partido Alternativa Socialdemócrata, Patricia Mercado quién puso el tema en la agenda nacional por primera vez. Posteriormente y basado en la idea original de Patricia Mercado, el PRD en 2007 elaboró una iniciativa: “Proyecto de Ley sobre el Ingreso Ciudadano Universal” sometida a la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados en el mes de julio del 2007. 

En varios países del continente ya hay comisiones establecidas por los congresos nacionales a fin de estudiar el asunto. Por ejemplo, en Brasil en enero de 2004 el Presidente Luis Inacio Lula de Silva proclamó la Ley No 10.835 que crea el Ingreso Básico Ciudadano (IBC) estableciendo en su texto que “el IBC se constituye en el derecho de todos los nacionales y extranjeros que hayan residido en el país por más de cinco años, sin distingo de su condición económica o social a recibir anualmente un beneficio económico”. Dicha ley establece que “El beneficio será extendido a todos los ciudadanos por etapas bajo criterios definidos por el Ejecutivo con prioridad para los segmentos más empobrecidos de la población”. De su parte en Argentina, Rubén Lo Vuolo orienta el IUC a la niñez enfocándose en este sector como el grupo prioritario para la recepción del ingreso básico. A este fin, Lo Vuolo presentó una iniciativa para garantizar a la niñez el ingreso universal ciudadano. La iniciativa de Lo Vuolo sienta precedentes extraordinarios que podrían modificará la forma en que percibimos los derechos económicos y sociales de la niñez y, en consecuencia los derechos a la maternidad. Es por esto que no debemos desvincular el debate sobre el aborto con la nueva agenda de los derechos humanos emergentes.


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